Representante médico y testamento vital

Un representante médico es la persona que decide por usted si usted no puede. Un testamento vital le dice a los médicos cómo quiere ser tratado. Muchos estados reúnen ambos en una directiva.

Esta guía explica la ley en general. No prepara documentos ni le dice si un documento es válido.

Dos funciones distintas

Un representante para atención médica (health care proxy; también llamado representante, sustituto o agente) es una persona que puede tomar decisiones sobre su atención médica si usted no puede comunicarlas por sí mismo. Usted nombra a un representante en una directiva anticipada (advance directive), que a menudo se llama poder duradero para atención médica (durable power of attorney for health care).

Fuente: National Institute on Aging, Choosing a Health Care Proxy · Texto oficial

Un testamento vital (living will) es un documento legal que les dice a los médicos cómo desea que lo traten si usted no puede tomar sus propias decisiones, por ejemplo sobre la reanimación cardiopulmonar (RCP), las máquinas para respirar y la alimentación por sonda. Es distinto de un testamento (will), que trata de sus bienes después de su muerte.

Fuente: National Institute on Aging, Preparing a Living Will · Texto oficial

Órdenes médicas

Una orden de no reanimar (do not resuscitate, DNR) y un formulario POLST o MOLST (órdenes médicas para tratamiento de soporte vital) son órdenes médicas que usted prepara con su médico. Le indican de inmediato al personal de emergencias y del hospital qué hacer, y funcionan además de una directiva anticipada. Por lo general, las personas hacen un POLST o MOLST cerca del final de la vida o cuando están gravemente enfermas.

Fuente: National Institute on Aging, Advance Care Planning: Advance Directives for Health Care · Texto oficial

Los hospitales deben informarle sobre las directivas

Los hospitales, los hogares de ancianos (nursing homes), las agencias de atención médica en el hogar y los programas de cuidados paliativos (hospice) que aceptan Medicare o Medicaid, y los planes de salud de Medicare y Medicaid, deben dar a los pacientes adultos información escrita sobre sus derechos, según la ley estatal, a aceptar o rechazar un tratamiento y a hacer directivas anticipadas. Deben anotar en su expediente si usted tiene una, y no pueden negarle atención ni tratarlo de manera diferente porque usted la tenga o no. Los hospitales dan esta información cuando usted ingresa.

Fuente: 42 U.S.C. 1395cc(f) (Patient Self-Determination Act); 42 U.S.C. 1396a(w) (Medicaid) · Texto oficial

Médicos y privacidad

Según la regla federal de privacidad de la salud (HIPAA), si la ley estatal da a alguien autoridad para tomar decisiones de atención médica de un adulto, como un representante para atención médica (health care agent), los médicos y los planes de salud deben tratar a esa persona como el representante personal (personal representative) del adulto respecto de la información de salud relacionada. Hay excepciones, por ejemplo cuando el proveedor cree razonablemente que hay abuso o peligro.

Fuente: 45 CFR 164.502(g)(1), (2), (5) · Texto oficial

Guarde copias

Guarde los documentos firmados en un lugar seguro y dé copias a su representante para atención médica y a sus médicos. Algunos estados tienen registros que guardan una directiva anticipada para los médicos y su representante.

Fuente: National Institute on Aging, Advance Care Planning: Advance Directives for Health Care · Texto oficial

Un abogado puede ayudar, pero no es obligatorio para hacer directivas anticipadas. Muchos estados tienen sus propios formularios que usted puede obtener y llenar gratis. Revise sus directivas al menos una vez al año y después de un cambio importante, como mudarse a otro estado.

Fuente: National Institute on Aging, Advance Care Planning: Advance Directives for Health Care · Texto oficial

Lo que dicen los estados

Para una directiva médica, 3 de 41 estados exigen notario, 19 le dejan elegir entre notario o testigos y 19 no exigen notario. 34 estados exigen dos testigos. Reglas de testigos de la directiva médica por estado.

En 21 estados el testamento vital es un documento aparte del formulario del representante médico: vea la tabla (21 estados).

32 estados tienen una ley que dice quién decide si usted no tiene directiva y no puede decidir. Cada página de estado enumera el orden.

9 estados tienen un registro donde puede guardar una directiva.

Qué buscar en la página de su estado

  • «Directiva de atención médica» en la página de su estado: el nombre del documento, el formulario oficial y su versión.
  • «Reglas de firma»: testigos, notario, quién no puede ser testigo y cualquier regla para centros de enfermería.
  • «Quién puede ser su representante»: las personas que la ley no deja actuar y cuándo empieza el representante.
  • «Si no tiene directiva»: quién decide por usted según la ley del estado y en qué orden.
  • «Registro» y «POLST»: dónde se puede guardar una directiva y las órdenes médicas del estado.

Preguntas para un abogado o una oficina de ayuda legal

Un abogado o una oficina de ayuda legal puede responder estas preguntas. Este sitio no puede aconsejarle.

  • ¿Necesito testigos, notario o ambos, y quién no puede ser testigo?
  • ¿Deben mi testamento vital y la elección de mi representante ser un documento o dos?
  • ¿Necesito un POLST u otra orden médica parecida y quién la completa?
  • ¿Dónde debe guardarse la directiva firmada y quién debe tener copias?

Elija su estado

La página de su estado tiene el formulario, las reglas de firma y la ley de su estado.

Elija su estado

Herramientas gratis: la lista para firmar y las cartas para revocar un poder notarial o una directiva médica están en la página de cada estado.

Más guías