Cómo revocar un poder notarial en Alabama
Qué dice la ley de Alabama sobre revocar un poder notarial, y una carta gratis que puede llenar e imprimir.
Revisado con fuentes oficiales: 31 de octubre de 2026.
Respuesta corta
Usted puede revocar un poder o la autoridad de un apoderado. La ley no fija un método obligatorio. Firmar un poder nuevo no revoca uno anterior, a menos que el nuevo lo diga.
Palabras que se usan en Alabama
En Alabama usted nombra a un apoderado (agent) para su dinero y sus bienes en un poder notarial (power of attorney). Para la atención médica, la Advance Directive for Health Care (directiva anticipada de atención médica) combina un testamento vital (living will) y el nombramiento de un representante para atención médica ('health care proxy'). Si un adulto no puede decidir y no tiene documentos, el tribunal testamentario (probate court) puede nombrar a un tutor (guardian) de la persona y a un curador (conservator) de los bienes.
Un apoderado (agent, también llamado attorney-in-fact) es la persona que usted elige para actuar por usted. Usted es el otorgante (principal).
- Dinero y bienes
- Poder notarial (power of attorney), duradero a menos que diga lo contrario; el formulario oficial establecido por ley se llama 'Alabama Power of Attorney Form'
- La persona que elige
- Agent (apoderado); la ley de Alabama también usa 'attorney in fact' (apoderado) para los poderes para atención médica
- Atención médica
- Advance directive for health care (directiva anticipada de atención médica, que incluye el testamento vital y el representante para atención médica 'health care proxy'); un poder para atención médica según la Sección 26-1A-404 nombra a un 'attorney in fact' (apoderado)
- Deseos de tratamiento
- Living will (testamento vital; Sección 1 de la Advance Directive for Health Care)
- Quien nombra el tribunal
- Guardian (tutor, para decisiones personales) y conservator (curador, para los bienes); el adulto es una 'incapacitated person' (persona incapacitada) o 'protected person' (persona protegida)
Qué dice la ley de Alabama sobre revocar un poder notarial
- Cómo revocarlo
Usted puede revocar un poder o la autoridad de un apoderado. La ley no fija un método obligatorio. Firmar un poder nuevo no revoca uno anterior, a menos que el nuevo lo diga.
- Avisar a otros
Avise al apoderado y a cada banco o empresa que tenga una copia. Un apoderado que actúa de buena fe sin conocimiento real de que el poder o su autoridad terminó está protegido, y también lo está quien confía en un poder reconocido ante notario sin conocimiento real de que terminó.
Ley (en inglés): Ala. Code §§ 26-1A-110(a)(3), (d), (f), 26-1A-119(c)
Fuente: Texto oficial
Carta gratis: revocar un poder notarial
Cuándo termina y cómo revocarlo
- Termina cuando
- Usted fallece
- Usted queda incapacitado, si el poder no es duradero
- Usted lo revoca
- El poder dice que termina, o se cumple su propósito
- El apoderado fallece, queda incapacitado o renuncia, o usted revoca la autoridad del apoderado, y no se nombró a otro apoderado
- Un fiduciario nombrado por el tribunal (como un curador) lo revoca
- Se presenta una demanda de divorcio, anulación o separación legal contra un apoderado que es su cónyuge (termina la autoridad de ese apoderado, a menos que el documento diga otra cosa)
- Bancos y otros negocios
Si el poder está notariado (acknowledged), la persona debe realizar la transacción o pedir una certificación del apoderado, una traducción al inglés o una opinión de un abogado dentro de un plazo razonable (no menos de 7 días hábiles), y no puede exigir otro formulario. Se permite negarse por motivos enumerados, por ejemplo, la creencia de buena fe de que el poder no es válido, o un informe al Department of Human Resources (Departamento de Recursos Humanos) sobre posible abuso o explotación. Una negativa indebida puede llevar a una orden judicial de aceptarlo y a responsabilidad por honorarios razonables de abogado y costos. Una fotocopia o una copia enviada por medios electrónicos tiene el mismo efecto que el original.
Ley (en inglés): Ala. Code §§ 26-1A-119, 26-1A-120; § 26-1A-106(d)
Ley (en inglés): Ala. Code § 26-1A-110
Bueno saber en Alabama
- Los testigos de una directiva anticipada en Alabama deben tener al menos 19 años, no 18.
Ley (en inglés): Ala. Code § 22-8A-4(c)(4)
- La alimentación por sonda solo puede suspenderse o retirarse según un testamento vital, o por un representante, si el documento lo autoriza específicamente.
Ley (en inglés): Ala. Code § 22-8A-4(a), (b)
- Usted puede registrar un testamento vital ante el juez testamentario de su condado por un cargo de $5 más otros cargos de registro; no está abierto al público.
Ley (en inglés): Ala. Code § 22-8A-14
- Un representante para atención médica (health care proxy) debe aceptar el nombramiento por escrito, y la aceptación se adjunta a la directiva.
Ley (en inglés): Ala. Code § 22-8A-4(b)
Cambios en 2024–2026
La Act 2026-488 (vigente desde el 1 de enero de 2027) deroga el Ala. Code § 26-2A-107 y agrega el § 26-2A-107.1 sobre tutores temporales o de emergencia para adultos (un hospital puede presentar la petición), y modifica los §§ 26-2A-20, 26-2A-103, 26-2A-134 y 26-2A-136. La Colby Act (toma de decisiones con apoyo) se promulgó en 2023. La Act 2022-434 modificó la ley de sustitutos para decisiones médicas.
Ley (en inglés): Act 2023-134; § 22-8A-11
Ayuda gratuita en Alabama
- Legal Services Alabama (asistencia legal gratuita)
- Code of Alabama (ALISON), Title 26 Chapter 1A, Uniform Power of Attorney Act (Código de Alabama, Ley Uniforme de Poder Notarial)
- Alabama DHR Adult Protective Services (Servicios de Protección para Adultos del Departamento de Recursos Humanos de Alabama)
- Encuentre ayuda legal gratuita en LawHelp.org
Denunciar abuso o explotación
Alabama Department of Human Resources, Adult Protective Services (Departamento de Recursos Humanos de Alabama, Servicios de Protección para Adultos, APS) · 1-800-458-7214