Lista para firmar en Arizona
Los pasos de firma de la ley de Arizona, uno por uno. Elija sus documentos para verlos.
Revisado con fuentes oficiales: 31 de octubre de 2026.
Respuesta corta
Esta lista enumera las reglas de firma de la ley de Arizona. No revisa si su documento es válido.
- Poder notarial financiero
- Ante notario y con un testigo
- Directiva de atención médica
- Ante notario o con un testigo adulto
Poder notarial financiero: Arizona
- Fírmelo Firmado o marcado por usted, o firmado con su nombre por otra persona en su presencia consciente y según sus instrucciones.
Ley (en inglés): A.R.S. § 14-5501(D)
- Notario o testigos Firme el poder notarial (power of attorney) ante un notario público (notary public) y un testigo calificado. En EE. UU. un notary public solo verifica su identidad y firma; no es abogado. Usted lo reconoce y el testigo firma una declaración jurada ante el notario, quien completa un certificado con sello. La ley da el texto de este certificado de firma. Un poder financiero necesita tanto al testigo como al notario.
Ley (en inglés): A.R.S. § 14-5501(D)
- Quién no puede ser testigo Usted necesita un testigo. El testigo no puede ser su apoderado, el cónyuge del apoderado, los hijos del apoderado ni el notario público (notary public).
Ley (en inglés): A.R.S. § 14-5501(D)
- Si puede usarse para bienes raíces Si el apoderado firma un documento inscribible, la declaración jurada de no revocación del apoderado también es inscribible. Un poder registrado para fines de bienes raíces necesita una revocación registrada.
Directiva de atención médica: Arizona
- Elija su formulario Durable Health Care Power of Attorney (poder duradero para atención médica) (paquete de Life Care Planning; modelo establecido por ley en A.R.S. 36-3224). No tiene que usarlo. Texto oficial
Ley (en inglés): A.R.S. §§ 36-3221, 36-3224
- Fírmelo Fechado y firmado o marcado por usted. Si físicamente no puede firmar, el notario o cada testigo debe anotar en el documento que usted le dijo directamente que el documento expresa sus deseos.
Ley (en inglés): A.R.S. §§ 36-3221, 36-3222
- Notario o testigos Feche y firme el poder para atención médica, y luego haga que lo notaricen o que lo firme al menos un testigo adulto calificado que confirme que usted parecía estar en su sano juicio y libre de coacción. Los cambios deben firmarse de la misma manera.
Ley (en inglés): A.R.S. §§ 36-3221, 36-3222
- Quién no puede ser testigo El notario o testigo no puede ser alguien a quien usted nombre para tomar decisiones médicas por usted, ni alguien que participe directamente en su atención médica cuando usted firma. Si firma un solo testigo, ese testigo no puede ser pariente suyo por sangre, matrimonio o adopción y no puede tener derecho a ninguna parte de su patrimonio.
Ley (en inglés): A.R.S. §§ 36-3221, 36-3222
Después de firmar
- Registro (opcional) Arizona Healthcare Directives Registry (AzHDR) (Registro de Directivas de Atención Médica de Arizona), operado por Health Current para el Departamento de Servicios de Salud de Arizona (Arizona Department of Health Services). Cargo: Gratis (acuerdo de registro de AzHDR). Texto oficial
Ley (en inglés): A.R.S. §§ 36-3291 to 36-3295
- Dé copias a las personas indicadas Guarde los documentos firmados en un lugar seguro y dé copias a su representante para atención médica y a sus médicos. Algunos estados tienen registros que guardan una directiva anticipada para los médicos y su representante.
Lista para firmar
Esta lista enumera las reglas de firma de la ley de Arizona. No revisa si su documento es válido.
Ayuda gratuita en Arizona
- AZLawHelp.org (directorio de asistencia legal gratuita)
- Fiscal General de Arizona: Life Care Planning (formularios gratuitos de directivas de atención médica)
- Arizona Judicial Branch (Poder Judicial de Arizona): formularios de Life Care Planning
- Tribunal Superior del Condado de Maricopa: formularios de revocación de poder notarial
Denunciar abuso o explotación
Arizona Department of Economic Security, Adult Protective Services (Departamento de Seguridad Económica de Arizona, Servicios de Protección para Adultos) · 1-877-767-2385