Cómo revocar un poder notarial en el Distrito de Columbia

Qué dice la ley del Distrito de Columbia sobre revocar un poder notarial, y una carta gratis que puede llenar e imprimir.

Revisado con fuentes oficiales: 31 de octubre de 2026.

Respuesta corta

Usted puede revocar el poder, o la autoridad de un solo apoderado. La ley no prescribe un método general; una revocación firmada por escrito y enviada al apoderado y a todos los que tengan el poder es el registro más claro.

Si fue inscrito
Si un poder relacionado con bienes raíces se registró en el Registro de Escrituras (Recorder of Deeds), usted puede revocarlo registrando en el Recorder of Deeds un documento que contenga la revocación.

Palabras que se usan en el Distrito de Columbia

En el Distrito usted nombra a un apoderado (agent) para su dinero y sus bienes en un poder notarial (power of attorney), y a un attorney in fact (representante) para decisiones médicas en un poder duradero para atención médica aparte. Una declaración bajo la Natural Death Act (Ley de Muerte Natural) es otro documento sobre los procedimientos para prolongar la vida en una enfermedad terminal. Si un adulto está incapacitado y no tiene documentos, la División de Sucesiones (Probate Division) del Tribunal Superior de D.C. (D.C. Superior Court) puede nombrar a un tutor o curador en un proceso de intervención (intervention proceeding).

Un apoderado (agent, también llamado attorney-in-fact) es la persona que usted elige para actuar por usted. Usted es el otorgante (principal).

Dinero y bienes
Poder notarial (power of attorney), duradero a menos que diga otra cosa (durable); formulario oficial establecido por ley
La persona que elige
Agent (apoderado; la ley también habla de 'attorney-in-fact')
Atención médica
Durable power of attorney for health care (poder duradero para atención médica; la persona que usted nombra es su 'attorney in fact')
Deseos de tratamiento
Declaration under the Natural Death Act (declaración bajo la Ley de Muerte Natural; ordena que se suspendan o retiren los procedimientos para prolongar la vida en una enfermedad terminal)
Quien nombra el tribunal
Guardian (tutor; general, limitado, temporal, de emergencia o para atención médica) y conservator (curador), nombrados en un 'intervention proceeding' (proceso de intervención)

Qué dice la ley del Distrito de Columbia sobre revocar un poder notarial

Cómo revocarlo

Usted puede revocar el poder, o la autoridad de un solo apoderado. La ley no prescribe un método general; una revocación firmada por escrito y enviada al apoderado y a todos los que tengan el poder es el registro más claro. Firmar un poder nuevo no revoca uno anterior, a menos que el nuevo lo diga.

Avisar a otros

Avise al apoderado y dé copias a los bancos y a otros que tengan el poder. Se protege al apoderado o a otra persona que actúe de buena fe sin conocimiento real de la revocación, y esos actos lo obligan a usted.

Si fue inscrito

Si un poder relacionado con bienes raíces se registró en el Registro de Escrituras (Recorder of Deeds), usted puede revocarlo registrando en el Recorder of Deeds un documento que contenga la revocación. Esa revocación puede dejar vigentes los demás poderes si así lo dice.

Ley (en inglés): D.C. Code § 21-2601.10(g)

Ley (en inglés): D.C. Code § 21-2601.10(a)(3), (b)(1), (d), (f), (g)

Fuente: Texto oficial

Carta gratis: revocar un poder notarial

La fecha del documento que firmó. Si no está seguro, use su mejor cálculo.

Estos nombres solo van en su carta. Nunca se guardan ni se nos envían.

Otros formatos

La carta en inglés (la que usted entrega)

Qué dice la carta (en español). Es solo para que usted la entienda; no la entregue.

Firme la carta y guarde una copia. Esta herramienta no revisa si su documento es válido y no es asesoría legal.

Cuándo termina y cómo revocarlo

Termina cuando
  • Usted fallece
  • Usted queda incapacitado, si el poder no es duradero
  • Usted lo revoca
  • El documento dice que termina
  • Se cumple su propósito
  • El apoderado fallece, queda incapacitado, renuncia o es revocado, y no se nombró a otro apoderado
  • Se presenta una demanda para divorciarlo, anular su matrimonio o separarlo legalmente de su apoderado cónyuge (a menos que el documento diga otra cosa)
Bancos y otros negocios

Una persona a quien se le pide aceptar un poder notarizado (reconocido ante notario) debe aceptarlo, o pedir una certificación del apoderado, una traducción o una opinión de un abogado, dentro de 7 días hábiles, y luego aceptarlo dentro de 5 días hábiles después de recibirla. No puede exigir un formulario distinto. Solo puede negarse por los motivos que la ley enumera, por ejemplo, una creencia de buena fe de que el poder no es válido, un informe de presunto abuso a Servicios de Protección para Adultos (Adult Protective Services) o al Departamento de Envejecimiento y Vida Comunitaria (Department of Aging and Community Living), o el conocimiento de que el apoderado fue acusado de un delito intrafamiliar contra usted. Un rechazo injustificado puede llevar a una orden del tribunal y al pago de honorarios de abogado y costos.

Ley (en inglés): D.C. Code § 21-2601.20

Ley (en inglés): D.C. Code § 21-2601.10(a)-(b)

Bueno saber en el Distrito de Columbia

  • Un poder notarial del Distrito no es válido a menos que esté notarizado (reconocido ante notario).

    Ley (en inglés): D.C. Code § 21-2601.05(b)

  • A menos que el poder diga otra cosa, un apoderado individual en el Distrito no recibe pago, solo reembolso de gastos.

    Ley (en inglés): D.C. Code § 21-2601.12

  • La lista de quién decide cuando no hay documento incluye a un superior religioso y a un amigo cercano, y debe estar presente un testigo cuando un familiar o amigo da o rechaza el consentimiento.

    Ley (en inglés): D.C. Code § 21-2210

  • La incapacidad para decisiones de atención médica debe ser certificada por dos profesionales, un médico y un psicólogo o psiquiatra.

    Ley (en inglés): D.C. Code § 21-2204

Ayuda gratuita en el Distrito de Columbia

Denunciar abuso o explotación

Servicios de Protección para Adultos (Adult Protective Services), Departamento de Envejecimiento y Vida Comunitaria de D.C. (D.C. Department of Aging and Community Living) (línea directa las 24 horas) · 202-541-3950

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