Cómo revocar un poder notarial en Nueva York

Qué dice la ley de Nueva York sobre revocar un poder notarial, y una carta gratis que puede llenar e imprimir.

Revisado con fuentes oficiales: 31 de octubre de 2026.

Respuesta corta

Usted puede revocar un poder notarial en la forma que el propio poder indique, o entregando una revocación al apoderado en persona, o enviando una revocación firmada y fechada por correo, mensajería, transmisión electrónica o fax a la última dirección conocida del apoderado.

Si fue inscrito
Si el poder se registró según la Real Property Law § 294 (Ley de Bienes Inmuebles), usted también debe registrar la revocación en la misma oficina.

Palabras que se usan en Nueva York

En Nueva York usted nombra a un apoderado (agent) para su dinero y sus bienes en un poder notarial (power of attorney), y a un representante para atención médica (health care agent) en un health care proxy aparte. Un poder notarial no puede usarse para decisiones de atención médica. Si un adulto no puede manejar sus asuntos y no tiene un plan, un tribunal puede nombrar a un tutor (guardian) según el Artículo 81, con solo los poderes necesarios.

Un apoderado (agent, también llamado attorney-in-fact) es la persona que usted elige para actuar por usted. Usted es el otorgante (principal).

Dinero y bienes
Poder notarial (power of attorney; New York Statutory Short Form, formulario corto establecido por ley, o poder no oficial)
La persona que elige
Agent (apoderado)
Atención médica
Health care proxy (poder para atención médica, que nombra a un representante o health care agent)
Quien nombra el tribunal
Guardian of the person and/or property (tutor de la persona o de los bienes, o de ambos) según la Mental Hygiene Law Article 81 (Ley de Higiene Mental), o un guardian según la Surrogate's Court Procedure Act Article 17-A para personas con discapacidades intelectuales o del desarrollo

Qué dice la ley de Nueva York sobre revocar un poder notarial

Cómo firmar
Nueva York exige que la revocación sea por escrito.
Cómo revocarlo

Usted puede revocar un poder notarial en la forma que el propio poder indique, o entregando una revocación al apoderado en persona, o enviando una revocación firmada y fechada por correo, mensajería, transmisión electrónica o fax a la última dirección conocida del apoderado. Firmar un poder nuevo no revoca por sí solo uno anterior; el nuevo debe decirlo en la sección de Modificaciones.

Avisar a otros

La revocación no surte efecto frente al apoderado hasta que el apoderado la reciba. No surte efecto frente a un banco u otro tercero hasta que tenga aviso real; una institución financiera tiene aviso después de una oportunidad razonable de actuar sobre un aviso escrito recibido en la oficina donde está la cuenta. El formulario establecido por ley sugiere dar aviso escrito a los apoderados anteriores y a terceros como sus bancos.

Si fue inscrito

Si el poder se registró según la Real Property Law § 294 (Ley de Bienes Inmuebles), usted también debe registrar la revocación en la misma oficina.

Ley (en inglés): Gen. Oblig. Law § 5-1511(4)

Ley (en inglés): N.Y. Gen. Oblig. Law § 5-1511(3)-(6)

Fuente: Texto oficial

Carta gratis: revocar un poder notarial

La fecha del documento que firmó. Si no está seguro, use su mejor cálculo.

Estos nombres solo van en su carta. Nunca se guardan ni se nos envían.

Otros formatos

La carta en inglés (la que usted entrega)

Qué dice la carta (en español). Es solo para que usted la entienda; no la entregue.

Firme la carta y guarde una copia. Esta herramienta no revisa si su documento es válido y no es asesoría legal.

Cuándo termina y cómo revocarlo

Termina cuando
  • Usted fallece
  • Usted queda incapacitado, si el poder no es duradero
  • Usted lo revoca
  • Usted revoca la autoridad del apoderado, o el apoderado fallece, queda incapacitado o renuncia, y ningún coapoderado ni sustituto puede servir
  • Se cumple su propósito
  • Un tribunal lo revoca
  • Su matrimonio con el apoderado termina por divorcio o anulación, a menos que el documento diga otra cosa (si se vuelve a casar con el apoderado, el poder revive)
Bancos y otros negocios

Un tercero en Nueva York no puede rechazar sin causa razonable un poder en el formulario corto establecido por ley que esté debidamente firmado. Dentro de 10 días hábiles después de que se presente un original o una copia certificada por un abogado, debe aceptarlo, rechazarlo por escrito con las razones, o pedir al apoderado una declaración jurada reconocida (acknowledged affidavit) de que sigue plenamente vigente. Rechazarlo solo porque no es el formulario propio del banco, o por el tiempo transcurrido desde que se firmó, no es razonable. El apoderado puede iniciar un procedimiento especial para obligar a aceptarlo.

Ley (en inglés): Gen. Oblig. Law §§ 5-1504, 5-1510

Ley (en inglés): N.Y. Gen. Oblig. Law § 5-1511(1), (2)

Bueno saber en Nueva York

  • Un poder notarial de Nueva York necesita un notario Y dos testigos (el notario puede ser uno de ellos), y su apoderado también debe firmar ante un notario antes de actuar.

    Ley (en inglés): Gen. Oblig. Law § 5-1501B

  • Firmar un poder nuevo no cancela uno anterior, a menos que el nuevo lo diga en la sección de Modificaciones.

    Ley (en inglés): Gen. Oblig. Law § 5-1511(6), § 5-1513(e)

  • Los bancos deben aceptar o rechazar un formulario corto establecido por ley debidamente firmado dentro de 10 días hábiles y dar por escrito las razones del rechazo.

    Ley (en inglés): Gen. Oblig. Law § 5-1504

  • Un health care proxy necesita dos testigos adultos pero no notario; los testigos pueden participar por video.

    Ley (en inglés): Pub. Health Law § 2981

Cambios en 2024–2026

La Office for People With Developmental Disabilities (Oficina para Personas con Discapacidades del Desarrollo) adoptó en 2025 reglamentos sobre la toma de decisiones con apoyo (14 NYCRR Part 634) para aplicar el Artículo 82 de la Mental Hygiene Law.

Ayuda gratuita en Nueva York

Denunciar abuso o explotación

Adult Protective Services (Servicios de Protección para Adultos; departamentos locales de servicios sociales, supervisados por la Office of Children and Family Services del estado de Nueva York)

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